Micelio
Auto23 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Ángela María Tobón Meneses·Demandado Secretaría De Movilidad De Medellín

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia Entre El Juzgado Doce Penal Municipal Con Función De Control De Garantías De Medellín Y El Juzgado Segundo Civil Municipal De Oralidad De Bello
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó remitir al Juzgado 12 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, el expediente de la referencia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo en la acción de tutela presentada por la accionante contra la Secretaría de Movilidad de Medellín, toda vez que avocó el conocimiento del recurso de amparo, en atención al principio de la perpetuatio jurisdictionis, no podía suspender el examen y debe continuar su estudio.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REMITIR al Juzgado Doce Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Medellin, el expediente ICC-3307 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo en la accion de tutela presentada por Angela Maria Tobon Meneses contra la Secretaria de Movilidad de Medellin .
  2. SEGUNDO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de Oralidad de Bello, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.